Medidas de protección a favor de mujeres víctimas de agresión.

Medidas de protección a favor de mujeres víctimas de agresión.

Los índices de violencia contra la mujer son altos en nuestro país y en muchos casos, se termina con la vida de quienes no contaron con el apoyo necesario en su momento.

La ley colombiana establece una serie de medidas de protección a favor de las mujeres víctimas de delitos o quienes pueden estar en riesgo de sufrir algún tipo de agresión.

Algunas de ellas están consagradas en leyes como la 294 de 1996 y la 1257 de 2008.

En primer lugar, debe acudirse a medidas que permitan que el agresor o eventual agresor sea merecedor de una medida de aseguramiento privativa de la libertad, lo cual se logra a través del sistema penal colombiano, en donde delitos como el feminicidio y la violencia intrafamiliar contra la mujer, a cobrado tal relevancia, que su imposición es casi obligatoria.

Pero adicionalmente, no solo al interior del proceso penal, sino ante otras autoridades como las comisarías de familia, se pueden solicitar otro tipo de medidas menos invasivas como, por ejemplo:

-          Ordenar al agresor el desalojo de la casa de habitación que comparte con la víctima.

-          Ordenar al agresor abstenerse de penetrar en cualquier lugar donde se encuentre la víctima.

-          Prohibir al agresor esconder o trasladar de la residencia a los niños y personas discapacitadas en situación de indefensión miembros del grupo familiar.

-          Obligación de acudir a un tratamiento reeducativo y terapéutico.

-          Ordenar al agresor el pago de los gastos médicos, psicológicos y psíquicos que requiera la víctima.

-          Ordenar al agresor la devolución inmediata de los objetos de uso personal, documentos de identidad y cualquier otro documento u objeto de propiedad o custodia de la víctima.

-          Prohibir, al agresor la realización de cualquier acto de enajenación o gravamen de bienes de su propiedad sujetos a registro, si tuviere sociedad conyugal o patrimonial vigente.

-          Decidir provisionalmente el uso y disfrute de la vivienda familiar

-          Protección temporal especial de la víctima por parte de las autoridades de policía.

-          Cualquier otra medida necesaria para el cumplimiento de los propósitos de la presente ley.

Lastimosamente, hemos visto casos en donde a pesar de contar con las respectivas medidas de protección, igual se consuman o materializan los riesgos advertidos. Es decir, a pesar de la existencia de las medidas decretadas a favor de una mujer en riesgo, estas terminan siendo agredidas o en el peor de los casos, asesinadas.

ALL Estudio Legal, ofrece todo su conocimiento y experiencia, no solo en lograr la obtención de dichas medidas, por parte de las autoridades pertinentes sino un acompañamiento integral para asegurar que dichas medidas cumplan su función y ayuden a salvar las vidas, de la mano con las autoridades, de las mujeres que son sujeto de ellas.

  En caso de requerir ayuda en su solicitud, por favor comuníquese a través de los siguientes canales. CORREO allestudiolegal@gmail.com Telegram y WhatsApp 3219885577 – 3144018395 Instagram https://www.instagram.com/allestudiolegal/ Facebook facebook.com/allestudiolegal

 

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