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Mostrando las entradas de abril, 2023

Se debe absolver el procesado, cuando no se le podía exigir otra conducta distinta a la cometida. Análisis de la culpabilidad. Principio y categoría dogmática.

  Se debe absolver el procesado, cuando no se le podía exigir otra conducta distinta a la cometida. Análisis de la culpabilidad. Principio y categoría dogmática. La Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación penal, absolvió a una persona que había sido procesada y condenada por el delito de abandono del cargo, al evidenciar que, al militar en cuestión, no se le podía exigir una conducta distinta que dicho abandono, el cual, para la Corte estuvo razonablemente justificado. Se trató en este caso de un militar en servicio quien, debido a comprobadas afectaciones psicológicas y psiquiátricas, las cuales incluso habían generado un intento de suicidio durante la prestación del servicio, abandono la instalación militar a la que pertenecía, lo que generó el consecuente proceso por abandono del cargo el cual termino en condena en su contra por este punible dentro del régimen castrense. En este caso, la Corte realiza un análisis de la culpabilidad, indicado inicialmente que debe ...

Fraude Procesal – Contratos simulados – No hay fraude procesal cuando se ejercen acciones legalmente procedentes, en virtud de los actos simulados. Las consecuencias y riesgos de un contrato simulado, las asumen las partes que celebran el negocio.

Fraude Procesal – Contratos simulados – No hay fraude procesal cuando se ejercen acciones legalmente procedentes, en virtud de los actos simulados. Las consecuencias y riesgos de un contrato simulado, las asumen las partes que celebran el negocio. En reciente sentencia la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, aclaró que no es punible como fraude procesal, la conducta de quien ejerce acciones legales para defender los derechos adquiridos en virtud de un contrato simulado. La Corte se ocupo de resolver un caso en sede de casación, en el cual se habían condenado en segunda instancia a dos personas por el punible de fraude procesal, como quiera que habían adelantado acción civil de pertenencia para adquirir un inmueble que habían poseído y del cual lograron ser dueños inscritos en virtud de contrato de compraventa simulado. Así, la fiscalía en este caso, acuso a los referidos propietarios simulados, de llevar a engaño al juez civil para lograr sentencia adjudicatoria a su favor...

PROBLEMAS SOCIETARIOS. ¿Cuándo se presenta el delito de administración desleal?

PROBLEMAS SOCIETARIOS. ¿Cuándo se presenta el delito de administración desleal? En las sociedades, independientemente del tipo de sociedad (SAS, Limitada, Anónima, etc.), en ocasiones por desgracia se presentan conflictos, bien sea entre sus socios, accionistas, empleados, dirigentes y gerentes, entre otros. No es para extrañarse, ya que parece normal y connatural a las relaciones sociales, especialmente las económicas, que en ocasiones existan esos pequeños conflictos o diferencias. Sin embargo, hay ocasiones en donde dichos conflictos revisten mayor gravedad, al punto de presenciarse situaciones de bastante preocupación, por la afectación que puede sufrir y sufren los socios, accionistas y sus compañías. Desde el año 2011, se creó en el país un delito que precisamente busca enfrentar este tipo de conductas: el delito de ADMINISTRACIÓN DESLEAL. El delito de administración desleal, esta contemplado en el artículo 250B de la ley 599 del 2000, el cual establece que: “El admin...

VENCIMIENTO DE TERMINOS PARA ACCEDER A LIBERTAD EN PROCESO PENAL. Se cuentan todos los días ininterrumpidamente. No cuenta fechas festivas como semana santa, entre otras.

VENCIMIENTO DE TERMINOS PARA ACCEDER A LIBERTAD EN PROCESO PENAL. Se cuentan todos los días ininterrumpidamente. No cuenta fechas festivas como semana santa, entre otras. Así nuevamente lo recordó la Corte Suprema de justicia [1] , que en reciente fallo de tutela protegió los derechos vulnerados de quien había venido solicitando libertad por vencimiento de términos dentro de un proceso penal, pero a quien se le negó dicha solicitud. La Corte Suprema, aprovecho la oportunidad para señalar una vez más que para efectos del conteo de días que se hace para determinar si hay o no vencimiento de términos, deben tenerse en cuenta fechas como semana santa, la vacancia judicial o los días de paro judicial, toda vez que, si bien se trata de circunstancias que impiden notoriamente el trámite penal, lo cierto es que son atribuibles a la administración de justicia y no al privado de la libertad [2] . En otras palabras, dichos días también deben ser contabilizados al momento de establecer si se...