VENCIMIENTO DE TERMINOS PARA ACCEDER A LIBERTAD EN PROCESO PENAL. Se cuentan todos los días ininterrumpidamente. No cuenta fechas festivas como semana santa, entre otras.
VENCIMIENTO DE TERMINOS PARA ACCEDER A LIBERTAD EN PROCESO PENAL. Se cuentan todos los días ininterrumpidamente. No cuenta fechas festivas como semana santa, entre otras.
Así nuevamente
lo recordó la Corte Suprema de justicia[1],
que en reciente fallo de tutela protegió los derechos vulnerados de quien había
venido solicitando libertad por vencimiento de términos dentro de un proceso
penal, pero a quien se le negó dicha solicitud.
La Corte Suprema,
aprovecho la oportunidad para señalar una vez más que para efectos del conteo
de días que se hace para determinar si hay o no vencimiento de términos, deben
tenerse en cuenta fechas como semana santa, la vacancia judicial o los días de
paro judicial, toda vez que, si bien se trata de circunstancias que impiden
notoriamente el trámite penal, lo cierto es que son atribuibles a la
administración de justicia y no al privado de la libertad[2].
En otras
palabras, dichos días también deben ser contabilizados al momento de establecer
si se excedieron los tiempos señalados en la norma para adelantar actuaciones
procesales con personas privadas de la libertad preventivamente.
Lo anterior,
como quiera que los términos consagrados en las causales previstas en el
artículo 317 del Código de Procedimiento Penal, se cuentan de manera
ininterrumpida y continúa, es decir, en días calendario y no en días hábiles,
puesto que resulta ser la postura más favorable para el procesado (STP 2 feb.
2013, rad. 65256; STP21643 12 dic. 2017, rad. 35621; STP1262 5 feb. 2019, rad.
102523).
De esta forma,
consideró la Corte que en aquellas providencias donde se desconoce el anterior
desarrollo jurisprudencial, se estaría configurando un defecto sustantivo. En
el caso concreto, se tutelan los derechos del accionante y se ordena a los
jueces falladores, resolver nuevamente la solicitud de libertad previamente
negada, pero ahora teniendo en cuenta lo recordado por la sala.
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